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Banco Santander, condenado en Cantabria a indemnizar por la venta de Valores

El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander ha condenado al Banco Santander a devolver 600.000 euros a uno de sus clientes que invirtió en Valores Santander porque no le advirtió de los riesgos del producto.

En una sentencia hecha pública el 30 de Mayo de 2017, el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander declara nulidad del contrato de adquisición de los valores que un matrimonio de jubilados, firmó en septiembre de 2007, con falta de información como afirma la citada sentencia.

El banco deberá devolver la cantidad invertida, más los intereses legales desde la fecha de suscripción.

De acuerdo con la sentencia, contra la que cabe recurso, la entidad debía haber informado a sus clientes sobre los riesgos «sin duda importantes» que entrañan estos valores convertibles en acciones más allá de la entrega de un tríptico informativo, el cual no consta entregado.

El Santander alegó que el demandante tenía experiencia inversora suficiente para conocer esos extremos, puesto que eran titulares de otros productos financieros, pero el juez entiende que ello no es suficiente para eximir del error, y más teniendo en cuenta que los clientes no tenían estudios superiores, ni han trabajado en contextos relacionados con la inversión financiera.

Es más, tal como afirma la sentencia, el propio empleado que vendió el producto, afirmó que el producto era simple y fácil de comprender, y que se vendía a cualquiera que tuviera acciones.

«Si bien consta la contratación de productos financieros como acciones, fondos de inversión, seguros de inversión y participaciones preferentes, las características de estos productos no son las mismas que las de Valores Santander«, subraya la sentencia.

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El juzgado establece que el consentimiento del cliente estuvo «viciado por error», puesto que contrató en la confianza y seguridad de la información que le proporcionó el banco, «insuficiente para comprender el riesgo real de la inversión«. Es más, no existe prueba alguna que acredite que se explicaran de forma detallada los riesgos del producto.

Desde el despacho que han asesorado a los demandantes, Ortega y García Abogados indican que “los titulares de Valores Santander, siguen teniendo plazo para reclamar y es éste el momento idóneo ya que la mayoría de juzgados están condenando al banco por la jurisprudencia que se está asentando, en concreto la Audiencia de Cantabria, de forma unánime”.

Ortega y García Abogados, defiende a los afectados por Valores Santander en toda España.