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Novedades para conductores de taxis y ambulancias

El 1 de enero de 2016 vendrá con novedades legales que ha dispuesto la DGT en materia de los permisos de conducción especiales que hasta ahora necesitaban los conductores de ambulancias, taxis o microbuses.

Si hasta ahora era necesario un permiso especial para ponerse al volante de cualquiera de los casos anteriormente enunciados, en la nueva redacción del Real Decreto 1055/2015, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, donde se publicaron las Modificaciones del Reglamento General de Conductores, todo el apartado que lo relataba ha desaparecido.

Esta modificación, entrará en vigor a partir del próximo 31 de diciembre de 2015.

Pero a esta la acompañan otras medidas que también entrarán en vigor el mismo día.

  • Las personas que sufran apnea del sueño serán capaces de obtener o prorrogar su permiso de circulación siempre que la Unidad de Sueño que trate su trastorno de apnea obstructiva acredite que está bajo su supervisión y tratamiento
  • Cada persona sólo podrá estar en posesión de un único carnet de conducir. Si la expedición del mismo está hecha en un país miembro y quiere ampliarse, deberá examinarse en el mismo lugar en el que se examinó por primera vez.
  • Los conductores de ciclomotores con permiso AM podrán llevar pasajeros independientemente de la edad que tuvieran a la hora de examinarse y conseguir dicho permiso. Hay que recordar que, en el caso actual, los menores de 18 años tenían prohibido ir acompañados.

Estas modificaciones tienen que ver con el paso adelante que se ha querido dar para que los permisos de circulación acaben siendo los mismos en todos los estados miembros, unificando así no sólo criterios de examinación sino también consiguiendo un permiso único.

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