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La Fiscalía recurre el rechazo a investigar torturas del franquismo al sindicalista Carlos Vallejo

MADRID, 18 (SERVIMEDIA)

La Fiscalía de Barcelona, en coordinación con la Unidad Especializada de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado, ha recurrido en apelación la inadmisión por el Juzgado de Instrucción nº 18 de una querella por crímenes contra la humanidad y torturas sufridas por el sindicalista Carlos Vallejo durante su detención en los años 70.

El Ministerio Público ha interpuesto recurso directo de apelación en contra de la decisión del juzgado de Barcelona, que la semana pasada rechazó investigar las torturas de la policía franquista al sindicalista Carlos Vallejo en la comisaría de la Via Laietana, al considerar que los hechos están prescritos y amnistíados y no constituyen delito de lesa humanidad.

La Ley de Memoria Democrática reconoce el derecho a la justicia de las víctimas de violaciones de los derechos humanos cometidas durante la guerra civil y la dictadura franquista, así como la correlativa obligación del Estado de investigar desde el ámbito de la justicia.

Por ello, la Fiscalía considera que el archivo resulta «prematuro», puesto que, tras la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática, no cabe el «rechazo de plano» de la querella, sino que es necesario llevar a cabo una investigación de los hechos y de su contexto para poder adoptar una decisión sobre la continuación del procedimiento.

Recuerda, además, el Ministerio Público que la doctrina jurisprudencial alegada en el auto recurrido corresponde a un marco jurídico anterior a la actual ley que establece la obligación del Estado de investigar estos casos.

Se trata, señala el Ministerio Fiscal, de realizar una aplicación del principio ‘pro actione’ y del derecho a la «justicia integradora» de una interpretación con enfoque de derechos humanos y respetuosa con los principios vertebradores del Derecho Internacional y de los Tratados y Convenios sobre la materia, de acuerdo con el artículo 10.2 de la Constitución.

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El juzgado tomo la decisión en contra del criterio del Ministerio Público. Tras conocerse el rechazo, la fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, Dolores Delgado, ordenó realizar un informe que sirviera de argumentario a la Fiscalía de Barcelona en este caso y a otros que se puedan producir en el futuro.

En ese informe, el Ministerio Público aboga por el cumplimiento de la nueva Ley de Memoria Democrática, que establece la obligación del Estado de investigar los hechos que pudieran atentar contra los derechos humanos y el derecho de las víctimas a conocer lo ocurrido y acceder a los recursos que establecen los poderes públicos para atenderlas.

El empeño por esclarecer la verdad, según indicaron fuentes de la Fiscalía especializada, entronca con la necesidad de reconocimiento y reparación de las víctimas, con independencia de que el proceso acabe en una resolución penal o de carácter administrativo que incluye, por ejemplo, la expedición de certificados de defunción.

En su auto, la titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Barcelona, Carmen García Martínez, acordó no admitir a trámite la querella presentada por el sindicalista Carlos Vallejo, en el primer caso en España en que la Fiscalía apoyó investigar los crímenes del franquismo, invocando la nueva Ley de Memoria Democrática.

La magistrada descartaba así investigar las torturas denunciadas, al concluir que los «principios de legalidad penal, de irretroactividad de disposiciones desfavorables y de vigencia de la ley de amnistía son obstáculos insalvables», a la vista de la jurisprudencia constitucional.

La querella fue presentada por Carlos Vallejo, un sindicalista detenido en dos ocasiones a principios de la década de los 70 que fue víctima de torturas en la Jefatura de Via Laietana por su actividad política y sindical, y se dirige contra seis agentes de la policía franquista.

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Entre los argumentos esgrimidos por la magistrada para inadmitir la querella, figuraba su afirmación de que la Ley de Memoria Democrática impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez «no deroga la ley de amnistía de 1977, ni de manera expresa ni de manera tácita», lo que impide una investigación penal de los hechos. La instructora señala también que la nueva ley no alude directamente al «término investigación penal» cuando habla del derecho de las víctimas a la verdad, sino que apuesta por el llamado «expediente de jurisdicción voluntaria», que no se enmarca en ningún proceso contencioso.

Por el contrario, la Fiscalía aboga por cumplir con el deber de investigar los hechos y de ofrecer respuestas a las víctimas sobre lo sucedido con independencia de que el final de esa investigación sea o no un proceso penal.