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Consumo subraya que los afectados por la cancelación del Reggaeton Beach Festival tienen derecho a reembolso e indemnización

MADRID, 20 (SERVIMEDIA)

El Ministerio de Consumo recordó este jueves que los afectados por la cancelación del Reggaeton Beach Festival, que tenía previsto celebrarse este 22 y 23 de julio en el espacio Iberdrola Music de Villaverde (Madrid) y que, de momento, no cuenta con autorización municipal, tienen derecho al reembolso del dinero de las entradas, así como a indemnización de los daños y la «reparación» de los «perjuicios sufridos» como consecuencia de la cancelación del evento, entre otros.

Así lo precisaron a Servimedia fuentes del departamento de Alberto Garzón, que expusieron los «principales» derechos que asisten a los consumidores ante la cancelación de festivales o la «modificación de sus condiciones principales».

A este respecto, recordaron que, en el supuesto de cancelación de un festival, «independientemente del motivo», el usuario tiene derecho al reembolso de los importes abonados por el evento cancelado, «en la misma forma en que se efectuó el pago».

Tras puntualizar que la solicitud de devoluciones de los importes abonados se realizará al proveedor de servicios a través del que se realizó la compra, recomendaron comprobar los «términos y condiciones» del contrato para «verificar» si la cancelación «está prevista» y los «potenciales» derechos «adicionales» que pudiesen «aparejarse» a dichas cancelaciones.

Además, confirmaron que, si, a causa de la cancelación del evento, el usuario «sufriese otro tipo de daños no vinculados estrictamente al contrato», por ejemplo, daños patrimoniales derivados de servicios contratados para «disfrutar» del festival, como gastos de gestión o de transporte, «tendrá derecho» a solicitar la «indemnización» de los mismos y la «reparación de cualquier otro perjuicio ocasionado».

«En estos supuestos, se deberá acreditar el daño patrimonial sufrido y el no disfrute de los potenciales servicios contratados», abundaron.

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En paralelo, hicieron hincapié en que, en el supuesto de que se modifiquen «de forma unilateral» por parte del promotor las condiciones «principales» del festival, el usuario «tiene derecho a la resolución del contrato y al reembolso de los importes abonados». «Los tribunales han considerado en el pasado como abusivas las cláusulas contractuales que impedían el ejercicio de este derecho», resolvieron.