Desde que en el año 2015, con la publicación del Real Decreto Ley 1/2015, se hablase de la posibilidad de “que una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer”, son muchos quienes han buscado en la nueva legislación esa segunda oportunidad.
Falcon Abogados ha logrado, recientemente, que el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Alcobendas dictara Sentencia estimando la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho de un profesional del sector de la tauromaquia a quien representaba el bufete, cancelando así todas sus deudas. En total, la cantidad de 56.000,-€.
Su representado había generado una importante deuda con entidades bancarias y de crédito, y ha conseguido, de esta forma y con una sentencia, dejar atrás los impagos y embargos que le impedían no solo atender la deuda sino poder seguir desarrollando su actividad profesional.
Para poder aplicar y acogerse a esta ley hay que cumplir una serie de requisitos previos como no haber sido, previamente, condenado por delitos económicos o sociales, actuar de buena fe buscando una solución extrajudicial o incluso no haberse acogido a la exoneración de pagos previamente en la última década.
“Desde Falcón Abogados no podemos estar más que satisfechos con la sentencia. Es un nuevo éxito dentro de nuestra trayectoria representando y acompañando a nuestros clientes a lo largo de todo el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad. Actualmente poder decir satisfechos que hemos ayudado a multitud de personas a emprender una nueva vida. Es un trabajo largo, pero, al final, cuando solicitamos la Exoneración del Pasivo Insatisfecho y conseguimos la sentencia favorable, significa que nuestros representados pueden volver a respirar y seguir adelante puesto que se ha eliminado la práctica totalidad de las deudas pendientes” explican desde el bufete.