MADRID, 04 (SERVIMEDIA)
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el auto del juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama por el que propone juzgar a los alcaldes de Chinchón y de Velilla de San Antonio y 22 personas más por un presunto delito de prevaricación en la adjudicación de contratos públicos fraccionados para obras pequeñas a la empresa Efial Consultoría. Entre los encausados hay también varios funcionarios de la Comunidad de Madrid.
La Sala desestima así los recursos de apelación de los acusados y da por suficientemente motivado el auto del juez, descartando así que pudiera producirse indefensión de los investigados. Fue un juzgado de El Vendrell (Tarragona) el que detectó las primeras irregularidades de Efial, que había puesto en práctica un mecanismo fraudulento de contratación en diversos municipios del país, por lo que la investigación pasó a la Audiencia Nacional.
El juez Calama, al que correspondió la investigación, abrió tres piezas separadas y ésta recurrida es la que afectaba a los ayuntamientos madrileños de Chinchón, Collado Villalba, Getafe, Velilla de San Antonio, Meco, Móstoles y Torrejón de Ardoz.
Así, el magistrado propone sentar en el banquillo al alcalde de Chinchón, el independiente Francisco Javier Martínez Mayor; a su predecesora, María Luisa Fernández; a la alcaldesa de Velilla de San Antonio, la socialista Antonia Alcázar, y al concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Meco, Luis Miguel Gómez Garda.
También propone juzgar al jefe de la sección de Recaudación Ejecutiva del Ayuntamiento de Getafe, Juan Garda; al jefe del órgano de gestión tributaria de ese mismo consistorio, Emilio Fernández Agüero; a la directora general de Gestión Tributaria y Recaudación del Ayuntamiento de Móstoles, Isabel Apellániz, y a la interventora del Ayuntamiento de Torrejón, Lucía Mora, entre otros.
Considera acreditada la existencia de un mecanismo consistente en la elusión de los controles legales en la adjudicación de concursos y contratos públicos en los que Efial cambió de nombre para pasar a denominarse Consultoría en Gestión Innovadora (CGI), una compañía que, tras la creación de empresas municipales públicas que asumían la gestión de la entidad, se hizo cargo de las tareas propias de los funcionarios públicos de manera que participaba en los procesos de concurso oposición asesorando al alcalde de turno y diseñando las bases de los concursos.
De esta manera, se producía un «direccionamiento de los contratos públicos, transgrediendo los principios de competencia y concurrencia, que supone que se adjudiquen a una mercantil que probablemente oferte unas condiciones que no sean las más beneficiosas económica o técnicamente para la administración pública».