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El Supremo admite a trámite el recurso de Pérez de los Cobos contra la sentencia de la Audiencia Nacional que avaló su cese

MADRID, 27 (SERVIMEDIA)

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por Diego Pérez de los Cobos contra la sentencia de la Audiencia Nacional, de fecha 15 de septiembre de 2021, que declaró conforme a derecho su cese como coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid. El alto tribunal hará público el contenido del auto en los próximos días.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional revocó hace siete meses la decisión del juez de primera instancia que declaró ilegal el cese del coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos y consideraba ajustado a Derecho su cese acordado por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.

El tribunal estimaba así el recurso que la Abogacía del Estado interpuso en representación del Ministerio del Interior contra la sentencia dictada el pasado marzo por el juez en contra de la decisión de Interior.

La Audiencia Nacional entendió que la destitución estaba amparada por la pérdida de confianza sobre el coronel al que el ministro había solicitado ciertas informaciones que se negó a facilitar. La Abogacía del Estado presentó recurso al recurso de alzada contra la resolución de cese del Ministerio del Interior de 24 de mayo de 2020.

La sentencia se tomó en la Audiencia Nacional por unanimidad y estaba firmada como ponente por el magistrado Jesús Nicolás García Paredes. Revocaba la sentencia del juez Celestino Salgado de 31 de marzo de 2021 en la que anulaba el cese del coronel y declaraba que se produjo por una «desviación de poder» del departamento dirigido por Marlaska.

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El juez daba crédito en su sentencia a la versión del coronel que explicó durante la instrucción que había sido apartado de su puesto por negarse a informar sobre el contenido de una investigación que estaba judicializada.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional estimó que no se produjo esa desviación de poder, puesto que el nombramiento de Pérez de los Cobos era discrecional y estaba sujeto a la decisión de la cúpula ministerial con arreglo a criterios de idoneidad y a la confianza que se deposite en él. Por tanto, la Audiencia Nacional entendió en su momento que la falta de confianza es un motivo válido para el cese, siempre que estuviera bien justificada.

De acuerdo con estas pautas, el cese de Pérez de los Cobos estaría suficientemente motivado y, por tanto, se ajustaría a la legalidad. La Audiencia Nacional aseguraba en su sentencia que la pérdida de confianza en el coronel se produjo por «la no información» sobre el desarrollo de una investigación y sobre su contenido de investigaciones que a veces se desarrolla en el «confuso marco operativo y de Policía Judicial». Además, señalaba la Audiencia Nacional, la reincorporación del coronel no tiene sentido en un escenario de quiebra de la confianza.